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PROCEDIMIENTO DE ALTAS NUEVAS Y REGULARIZACIÓN DEL MODELO DE PLACAS DE VADOS

La Ordenanza Fiscal de la Tasa de Entrada de Vehículos aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla para el ejercicio 2010, establece un proceso de regularización del modelo de placa de vado para adaptarse a la normativa establecida en materia de señales de tráfico.

Para ello, la Agencia Tributaria de Sevilla está procediendo a la entrega directa de la nueva placa a los titulares de la Tasa en los próximos meses, de acuerdo con el procedimiento que se describe a continuación:

  • La nueva placa es la aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local. VER IMAGEN
  • La placa se entrega directamente por la Agencia Tributaria de Sevilla por alguno de los siguientes procedimientos:
      • Nueva alta en el padrón fiscal de la Tasa de Entrada de Vehículos.
      • Operación de regularización del modelo de placa (sustitución del antiguo modelo por el nuevo).
      • Entrega de segunda placa, por pérdida, robo o destrucción de una placa regularizada o por sustitución de una placa de vado no reglamentaria.
  • El coste de cada nueva placa es el siguiente:
      • Las nuevas altas en Padrón de la Tasa de entrada de vehículos devengarán 95 € en concepto de tramitación de documentación técnica, autorización y entrega de la placa de vado.
      • Operación de regularización (FINALIZADO PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUD):
          • Si el alta en el padrón de entrada de vehículos es posterior al 1 de enero del 2003, la placa de vado se entregará de forma gratuita.
          • Si el alta en el padrón de entrada de vehículos es anterior al 1 de enero del 2003 y se justifica el cambio de articulado de la placa por el Distrito correspondiente (es decir, que se pasó del ART.45 R.G.C. al 91 R.G.C), la entrega de la placa  de vado será gratuita. En caso contrario, se abonará la cantidad de 47,5 €.
          • Para los casos en que no se esté dado de alta en la tasa, ni se tenga placa autorizada: Se deberá empezar con todos los tramites de un alta nueva.
      • La entrega de segunda placa por pérdida, robo o destrucción de una placa regularizada o por sustitución de una placa de vado no reglamentaria devengarán 47,5 €. Este devengo se producirá igualmente por la solicitud de placas regularizadas, posteriormente a 31 de marzo de 2011.

SOLICITUDES DE ALTAS NUEVAS

 

La gestión de las altas nuevas en la tasa de entrada de vehículos (Tarifas 1ª a 5ª de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa), es compartida entre los Distritos Municipales, Gerencia Municipal de Urbanismo y el Negociado de Vía Pública de la Agencia Tributaria de Sevilla, correspondiendo a cada uno de estos Organismos distintas fases en la tramitación de la autorización sobre el uso del dominio público:


• 1º paso: Solicitar la legalización del badén en la Gerencia de Urbanismo, sita en la C/ Carlos III, Isla de la Cartuja, frente al Monasterio de Santa María de las Cuevas, teléfono de contacto 902480250.


• 2º paso: Cuando se tenga el informe favorable de legalización del badén, solicitar en el Distrito Municipal que corresponda, en función de la ubicación del vado, la autorización de la placa. Si el garaje a autorizar tuviera capacidad para albergar más de dos vehículos, a la solicitud deberá adjuntarse Licencia de Primera Ocupación con los defectos subsanados o certificado de no poseerla por contar la edificación con más de treinta años de antigüedad, expedido por la Gerencia Municipal de Urbanismo, Departamento de Licencias y Disciplina, Servicio de Licencias; si esto ni fuera posible, debe el interesado cumplimentar el proceso legalmente establecido de obtención de licencias de obras y/o de adecuación a garaje del inmueble y posterior concesión de autorizaciones municipales.

 

• 3º paso: Una vez obtenida la correspondiente licencia, los interesados deberán dirigirse al Negociado de Vía Pública del Departamento de Gestión de Ingresos de la Agencia Tributaria de Sevilla, sito en la Plaza de la Encarnación nº 24, 3ª planta, mostrador nº 7, para proceder a solicitar el alta en la Matrícula de la Tasa (Tarifas 1ª a 5ª), y al abono de la Tasa establecida en la Tarifa 8 por tramitación de documentación técnica para entrada y  salida de vehículos, autorización, y entrega de placa de vado permanente con inscripción municipal.

SOLICITUDES DE REGULARIZACIÓN DE PLACAS DE VADO

En relación con la operación de regularización, pueden darse los siguientes supuestos:

Viviendas unifamiliares y locales comerciales:

En este tipo se recogen todas aquellas viviendas donde reside en general una única familia o radica un negocio.
Las solicitudes se presentarán en las Oficinas de Atención al Contribuyente, acompañando la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud de regularización debidamente confeccionado (ejemplar y copia) DESCARGAR
  • Copia del último recibo abonado de la matrícula de la Tasa de entrada y salida de vehículos vigente en el momento de su solicitud. Deberá de verificar que se encuentra al día en el pago de la Tasa.
  • Copia del último recibo del Impuesto sobre bienes inmuebles, o certificado de la referencia catastral de la finca donde esté ubicado el garaje.
  • Certificado de la referencia catastral de la finca donde esté ubicado el garaje o, en su defecto, copia del último recibo del Impuesto sobre bienes inmuebles.
  • De ser presentada la solicitud por el representante del sujeto pasivo, deberá aportar acreditación de la autorización de dicha representación.
  • En los supuestos de personas jurídicas, se deberá aportar copia del C.I.F.
  • En el caso de altas en la Tasa de entrada y salida de vehículos anteriores al 1 de enero del 2003, y a efectos de valorar la gratuidad de la placa, se requiere documentación del Distrito Municipal competente  que demuestre la existencia de placa autorizada en el objeto tributario y el cambio del articulado que figura en la placa concedida en su momento.

Edificios con garaje colectivo (Comunidades de Propietarios)

Las solicitudes se presentarán en las Oficinas de Atención al Contribuyente, con las siguientes puntualizaciones:

  • La declaración la realizará el presidente de la comunidad de propietarios o, en su defecto, y previa acreditación del mandato, por el administrador de fincas. Los administradores de fincas a través del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Sevilla, podrán obtener información sobre mecanismos directos de presentación de la documentación a través del propio Colegio.
  • Se acompañara la totalidad de la información señalada en el apartado anterior.
  • Además, y en el caso de garajes de edificios o bloques de viviendas en los que se tribute en la tasa de forma individualizada por cada titular de la plaza de aparcamiento, deberá unirse a la solicitud de regularización, relación detallada de los titulares de las mismas (nombre, apellidos, N.I.F o C.I.F. y nº de la plaza que ocupa dentro del garaje).

PLAZOS DE LA REGULARIZACIÓN

Hasta el 31 de Enero de 2011, las viviendas unifamiliares, locales comerciales y las comunidades de propietarios que sean sujetos pasivos de la totalidad de las plazas de garaje de que conste el inmueble, y que por tanto vengan tributando unitariamente.

Del 15 de Enero al 31 de marzo de 2011, respecto de las comunidades de propietarios o fincas, que tributen individualmente por cada titular de plazas de garaje.

HABIENDO TRANSCURRIDO LOS PLAZOS DE SOLICITUD, LA REGULARIZACIÓN DE PLACAS SE PODRÁ SOLICITAR, SIN PERJUICIO DE LA PÉRDIDA DE LA GRATUIDAD DE LA MISMA, EN SU CASO.

LUGARES DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

  • La presentación por el contribuyente de la solicitud de regularización de  placa de garaje, acompañada de la documentación preceptiva que en la misma se consigna, se realizará en las Oficinas de Atención al contribuyente de la Agencia Tributaria de Sevilla, ubicadas en distintos barrios de la ciudad de Sevilla a fin de facilitar la realización de estos trámites, según la proximidad a su domicilio:

OAC SEVILLA SUR, Avda. de la Borbolla, 45, Esq. Calle Porvenir.
OAC SEVILLA ESTE, Avda. de la Innovación, s/n
OAC MACARENA, C/ Froilán de la Serna 14
OAC CENTRO, C/ José Luis Luque 4

  • No obstante, si la presentación la realiza el Administrador colegiado de la finca, podrá realizarla en el propio Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Sevilla.

OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • En el caso de que las altas por la Tarifa 1ª de la tasa de entrada y salida de vehículos, se formalizaran a nombre de Comunidades de Propietarios con C.I.F., se prevé una bonificación del importe del 10% de la cuota tributaria de la Tasa, aplicable a partir del periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicitara,  lo que haría económicamente aconsejable aprovechar esta regularización de la propia placa y de la situación fiscal de la Tasa, para realizar la modificación del titular a nombre de la comunidad de propietarios, en aquellos casos en los que hasta ahora se viniera tributando individualmente por cada titular de plaza de garaje.
  • Si la totalidad de las plazas de un garaje colectivo no figuran dadas de alta en la matrícula de la Tasa, no podrá procederse a facilitar la nueva placa al conjunto del garaje. Por ello, resulta más aconsejable si cabe, hacer uso de la bonificación citada en el anterior párrafo, para evitar problemas en el alta de vecinos de forma individualizada.
  • Para cualquier tipo de duda sobre los procedimientos anteriormente descritos, el Teléfono de Información General es el 902415600 (954303598).