NUEVAS NORMAS DE CIRCULACION PARA CICLISTAS
Extraido de la web de la Dirección General de Tráfico www.dgt.es
Reflectantes obligatorios:
Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, si circulan por vía interurbana,
los conductores de bicicleta llevarán colocada una prenda reflectante que
permita a los conductores de vehículos y demás usuarios distinguirlos a una
distancia de 150 metros.
En bicicleta, todos con casco:
Los conductores y ocupantes de bicicleta deberán utilizar cascos de protección
homologados o certificados cuando circulen en vías interurbanas, salvo en
rampas ascendentes prolongadas, por razones médicas y en condiciones extremas
de calor.
Circular en grupo, pero no en pelotón:
Se permite a los conductores de bicicleta circular sin mantener la separación
entre ellos, extremando la atención a fin de evitar alcances entre los propios
ciclistas. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre
ciclistas del mismo grupo. Podrán circular en columna de a dos como máximo,
siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en
tramos de poca visibilidad. En autovías sólo podrán circular por el arcén,
siempre que sean mayores de 14 años y no esté prohibido por la señal
correspondiente. Cuando se prohíba su circulación un panel indicará el
itinerario alternativo.
Ciclistas, prioridad respecto a vehículos a motor:
Los ciclistas tendrán prioridad de paso respecto a los vehículos a motor
cuando éste gire a la derecha o la izquierda para entrar en otra vía, y cuando
circulando los ciclistas en grupo, el primero de ellos haya iniciado ya un cruce
o entrado en una glorieta.
Descensos pronunciados y seguimiento:
En los descensos prolongados con curvas, los ciclistas podrán abandonar el
arcén circulando por la parte de la calzada que necesiten, siempre por la
derecha. Podrán circular por el arcén los vehículos en seguimiento de
ciclistas a velocidad lenta.