PROGRAMA DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN PRIVADA 2004


 

TIPOS DE OBRAS QUE SE PROTEGEN

- Rehabilitación ligera (nivel 1, fundamentalmente obras de conservación, mantenimiento y acondicionamiento).
- Rehabilitación media (nivel 2, fundamentalmente obras de consolidación y reforma).
- Rehabilitación pesada (nivel 3, fundamentalmente obras de restauración, reconstrucción y recuperación de edificios ruinosos).

CONDICIONES DEL EDIFICIO

- Que la edificación sea objeto de cualquier nivel de Protección del Plan General o Planes Especiales de Protección del Patrimonio Histórico, o que resulte de interés por sus valores.
- Que las obras sean necesarias.
- Que la intervención tenga por objeto la rehabilitación total del inmueble.
- Que las obras no se encuentren comenzadas.
- Que el edificio sea de titularidad privada.

TIPOS DE AYUDAS

RÉGIMEN GENERAL
Ayudas al propietario o arrendatario que rehabilita el edificio con independencia de su uso o destino.


RÉGIMEN SOCIAL
Ayudas al propietario que rehabilita un edificio ocupado, total o parcialmente, por inquilinos con contratos de alquiler anteriores al Decreto Ley 2/1985 comprometiéndose a su mantenimiento, con un precio máximo de venta y arrendamiento.


RÉGIMEN PARTICULAR (VIVIENDA PROPIA)
Ayudas al propietario que rehabilita el edificio para su propio uso de residencia habitual y permanente, con el compromiso de mantendrá la utilización del mismo como vivienda permanente, al menos, durante cinco años tras la conclusión de las obras de rehabilitación. Cada edificio podrá acogerse a más de un Régimen, en función de los usos y situación del mismo.

QUIENES SON LOS BENEFICIARIOS

- Los propietarios de inmuebles completos.
- Las comunidades de propietarios.
- Los inquilinos de viviendas o locales, individual o colectivamente, y siempre con la autorización del propietario.

CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS

- Son subvenciones a fondo perdido.
- Se abonan en un solo plazo tras la finalizción de las obras.
- Abonan tasas mínimas de Licencias de Obras.

CÓMO SOLICITARLAS

Dirigirse al Servicio de Rehabilitación y Conservación del Patrimonio Edificatorio de la Gerencia de Urbanismo, y presentar, en plazo, por duplicado el Impreso de Solicitud que se facilitará gratuitamente, junto con la documentación siguiente:

A) Con carácter general, con independencia del Régimen a que se acoja el solicitante:

a) La que acredite la identidad, personalidad y número de identificación fiscal del solicitante y, en su caso, la representación que ostente.

b) Descripción de las obras para las que solicite ayuda económica, con el correspondiente presupuesto general, así como planos a escala del estado actual y del resultante de la intervención señalando las superficies útiles de cada una de las piezas que integran las viviendas y fotografías a color del edificio a rehabilitar. En caso de que todos los beneficiarios no puedan acogerse a un mismo régimen, el presupuesto general expresará separadamente el coste de los elementos comunes y el de cada una de las viviendas.

c) Tipos y cuantías de ayudas económicas solicitadas identificando los beneficiarios de las mismas, mediante sus datos personales y fiscales.
d) Plan de realización de obras.


e) Autorización de las obras por la Junta de Propietarios o por los comuneros en régimen de copropiedad ordinaria, y en el caso de obras a realizar por propietarios de edificios ocupados total o parcialmente por el arrendatario.


f) La que acredite la propiedad del inmueble.

B) Documentación particular para las ayudas a la rehabilitación de régimen particular (vivienda propia):

a) La que acredite la utilización de la vivienda como domicilio habitual y permanente, o compromiso de ocupación en su caso.


b) Justificación de los ingresos familiares mediante certificación o copia de la declaración y liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio inmediato al de la presentación de la solicitud. En el supuesto de que el solicitante no estuviera obligado a presentar dicha declaración, se acreditarán los ingresos con la presentación de cualquier otro documento que, a juicio de la Adminsitración Municipal, se estime suficiente (en los casos que la vivienda a rehabilitar constituya residencia habitual y permanente del solicitante, al menos diez años antes de la presentación de la solicitud).

C) Documentación particular de las ayudas a la rehabilitación privada de régimen social:

a) Declaración del solicitante indicando el número de viviendas vacías y ocupadas de renta antigua del edificio que pretende rehabilitar, acompañado en su caso de los contratos de arrendamiento de las viviendas que tenga en este régimen y copia de los recibos del último trimestre.


b) Compromiso de acogerse a las condiciones de arrendamiento y venta previstas en el Régimen Social. En su caso, compromiso de venta del arrendador a favor del arrendatario.


c) Comunicación a los arrendatarios del contenido de las obras a realizar.

 

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