TIPOS
DE OBRAS QUE SE PROTEGEN
Todas aquellas obras que teniendo por objeto
el mantenimiento de edificios, repongan los
mismos a sus condiciones preexistentes de
seguridad, salubridad y ornato definidas en
las Normas Urbanísticas del Plan General
de Sevilla y afecten a los siguientes elementos
constructivos:
- Cimentación.
- Saneamiento
- Estructura
- Cubierta
- Instalaciones primarias
- Fachadas
Las actuaciones irán encaminadas especialmente
hacia las obras de conservación relativas
a elementos de fachadas que den a espacios
de uso público, estabilidad estructural,
impermeabilización de cubiertas e instalaciones
primarias, debiendo garantizar, en todo caso,
que el edificio tras la actuación recupere
íntegramente las condiciones de seguridad,
salubridad y ornato público.
CONDICIONES
DEL EDIFICIO
Toda clase de edificaciones, con independencia
de su uso, destino o titularidad que no estén
en estado de ruina, salvo los destinados a
uso o servicio público.
QUIÉNES
SON LOS BENEFICIARIOS
Toda persona física o jurídica
de carácter privado, incluidas las
sociedades civiles, que sean propietarias
o arrendatarias de una edificación
que hayan presentado en plazo el certificado
de Inspección Técnica de la
Edificación.
CARACTERÍSTICAS
DE LAS AYUDAS
- Son subvenciones a fondo perdido.
- Se abonan en un solo plazo tras la finalización
de las obras.
CÓMO SOLICITARLAS
Dirigirse al Servicio de Rehabilitación
y Conservación del Patrimonio Edificatorio
de la Gerencia de Urbanismo, y presentar,
en plazo, por duplicado el Impreso de Solicitud
que se facilitará gratuitamente, junto
con la documentación siguiente:
a) La que acredite la identidad, personalidad
y número de identificación fiscal
del solicitante y, en su caso, la representación
que ostente.
b) Descripción de las obras para las
que solicite ayuda económica, y si
procede, con arreglo a la naturaleza de las
obras, presupuesto general, así como
planos a escala del estado actual y del resultante
de la intervención señalando
las superficies útiles de cada una
de las piezas que integran las viviendas y
fotografías a color del edificio a
rehabilitar. En caso de que todos los beneficiarios
no puedan acogerse a un mismo régimen,
el presupuesto general expresará separadamente
el coste de los elementos comunes y el de
cada una de las viviendas.
c) Tipos y cuantías de ayudas económicas
solicitadas identificando los beneficiarios
de las mismas, mediante sus datos personales
y fiscales.
d) Plan de realización de obras.
e) Autorización de las obras por la
Junta de Propietarios o por los comuneros
en régimen de copropiedad ordinaria,
y en el caso de obras a realizar por propietarios
de edificios ocupados total o parcialmente
por el arrendatario.
f) La que acredite la propiedad del inmueble.