Aprobación definitiva del nuevo reglamento del Pleno

El Reglamento de Pleno del Ayuntamiento no se toca desde el año 1996. En 2015 se aprobó por unanimidad en el Pleno cambiarlo para fomentar la participación y favorecer el control y fiscalización del gobierno. Se generó una comisión de trabajo y se elabora un borrador que ha tenido varias modificaciones e informes en este tiempo.

Principales cambios:

  1. Se mantiene una sola sesión en una jornada pero se modifica la estructura
  2. Los portavoces de los grupos podrán realizar una pregunta directa al alcalde y debatir con él. Un sistema parecido a la sesión de control a la presidenta de la Junta en el Parlamento.
  3. Se mantendrán dos mociones de los grupos pero una de ellas será debatida en comisión y en el Pleno sólo habrá votación y explicación de voto de 1’ cada uno. La otra moción se mantiene como hasta ahora.
  4. En cada sesión se podrá debatir una propuesta que venga de una Junta municipal de distrito. La entidad proponente podrá incluso presentarla ante el Pleno con carácter previo al debate.
  5. Las entidades ciudadanas podrán realizar una intervención ante el Pleno en un expediente en el que figuren como interesadas.
  6. Las comisiones delegadas serán públicas y se reforzará por tanto su papel en el debate y fijación de posiciones.
  7. Se refuerza el turno ciudadano al final del debate para las entidades con cuatro intervenciones.
  8. Se crea una comisión específica de control y fiscalización al gobierno de carácter pública y mensual con preguntas directas orales a los delegados.
  9. Se favorece el acceso a la información y la modernización de la administración regulando el acceso telemático o la obligatoriedad de difusión a través de la página web.
  10. Se regula la posibilidad del voto telemático en bajas de maternidad o paternidad o enfermedades de larga duración para evitar que un grupo pierda un voto como hasta ahora.
  11. Se regula la posibilidad de presentar una propuesta o convocar un pleno extraordinario por parte de la población siempre que se alcance el mínimo de firmas exigido por ley.
  12. Se regula por primera vez la figura de la enmienda a la totalidad al presupuesto que supondrá lo mismo que un rechazo la presupuesto y su devolución al gobierno.