Ayudas fiscales en la tarifa del agua

Un mínimo vital de 110 litros por persona y día con 2 tipos de bonificaciones en función de la renta

Desde 2015 la empresa metropolitana de aguas Emasesa dispone de medidas sociales para los usuarios con dificultades económicas y, además, desde el año 2017 sus estatutos recogen el derecho a un mínimo vital y la prohibición de cortar el suministro a los usuarios domésticos que no puedan pagar el recibo por motivos económicos acreditados.

  • La persona que alegue causa de necesidad para no pagar el recibo del agua debe contar con el preceptivo informe de los Servicios Municipales o expedido por la propia sociedad Emasesa que verifique y acredite su situación de necesidad.
  • En el caso de que la acreditación sea por circunstancias sociales distintas a los ingresos económicos (en riesgo de exclusión social) serán directamente los Servicios Sociales quienes los acrediten.  
  • Se bonifican los 110 primeros litros por persona y día (es decir, a partir de ese número ya no hay bonificación, al consumo adicional se le aplica la tarifa general).
  • La acreditación de la necesidad por parte de los Servicios Sociales Municipales tendrá una validez de un año.
  • La persona beneficiaria deberá estar empadronada en el domicilio objeto de la bonificación. 

Existen dos niveles de bonificación: 

  • Para usuarios vulnerables severos o en riesgo de exclusión social:

Sus rendimientos brutos conjuntos deben resultar inferiores al importe del RMIS, Renta Mínima de Inserción Social (en la actualidad, 419,52 euros). Su bonificación comprende:

  1. 100 por 100 de las cuotas fijas del servicio.
  2. 100 por 100 hasta un mínimo vital de 110 litros por persona y día
  3. 100 por 100 de los derechos de contratación.
  • Para familias vulnerables* 

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Se toma como referencia el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) según la siguiente tabla vigente en la actualidad:

TABLA BAREMO ECONÓMICO IMPREM (14 PAGAS)

 

 

 

Nº personas

Veces IPREM

Límite en euros

1

1,2

752,98

2

1,5

941,22

3

1,7

1.066,72

4

1,9

1.192,21

5 y más

2,1

1.317,71

Para estos casos, su bonificación comprende:

  1. 50 por 100 de las cuotas de fijas del servicio.
  2. 50 por 100 para el mínimo vital de 110 litros por persona y día.
  3. 50 por 1000 de los derechos de contratación.

*Este modelo de tarifa social está aprobado pero su entrada en vigor se producirá en el primer trimestre de 2020. Mientras tanto se mantiene el sistema anterior de ayudas a través de los Servicios Sociales municipales. 

Otras bonificaciones por factura domiciliada y electrónica 

  • Por domiciliación de recibos: hasta 0,125 euros por vivienda o local al mes.
  • Por abono del recibo en el plazo voluntario: hasta 0,125 euros por vivienda o local al mes.
  • Sustitución de factura en papel por electrónica: 1 euro por factura. 

Otras ayudas para la implantación de contadores individuales

  • Por Individualización de contadores para perdonas necesitadas (préstamo social). Financiación de la obra de sustitución de contadores colectivos por individuales hasta 600 euros para usuarios que acrediten su situación de emergencia social o precariedad económica mediante certificado que a tal efecto expiden los Servicios Sociales Municipales (condiciones de financiación: plazo de hasta 20 años, interés del 0,5 por ciento de TIN trimestral y 2,015 por ciento TAE Anual).
  • Por fomento de la individualización de contadores (para personas necesitadas). Financiación de la obra de sustitución de contadores colectivos por individuales hasta 600 euros para usuarios que acrediten que sus ingresos brutos conjuntos mensuales sean inferiores al IPREM para un habitante, incrementando en un 32 por ciento por cada miembro adicional (condiciones de financiación: plazo de hasta 8 años e interés del 0,5 por ciento TIN trimestral y 2,015 por ciento TAE Anual).