Plataformas de veladores en plazas de aparcamiento

Se trata de una de las medidas aprobada por el Ayuntamiento de Sevilla dentro de la estrategia de reactivación del sector de la hostelería y que tendrá una vigencia temporal mientras dure la crisis sanitaria.

El Ayuntamiento de Sevilla dentro de la estrategia de reactivación del sector de la hostelería aprobó una modificación de la ordenanza con el objetivo de poder implementar medidas específicas y temporales ante situaciones excepcionales como la actual crisis sanitaria. Concretamente se generaron dos nuevas posibilidades para establecimientos que no puedan instalar veladores en el acerado frente a su fachada:

  • Usar excepcionalmente una plaza de aparcamiento
  • Utilizar un espacio o viario no vinculado al frente de fachada de implique cruce de calzada

Estas dos nuevas posibilidades para la instalación de veladores de forma excepcional se dirige a determinados establecimientos:

a. Negocios que por dimensiones del acerado no pueden tener veladores.

b. Negocios que no pueden instalar el 100% de los veladores autorizados debido a la obligación de establecer una distancia de 1,5 metros por normativa de salud.

c. Negocios que no puedan instalar el número de veladores en la acera que les correspondan por aforo de acuerdo con la ordenanza de ruidos.

Estos tres tipos de negocios podrán solicitar una licencia para instalar veladores en plaza de aparcamiento o usar viario vinculado con unas limitaciones y dentro de unas condiciones fijadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local. Estas medidas se aplicarán sólo durante la alerta sanitaria como autorizaciones excepcionales y en precario con el objetivo de favorecer el desarrollo de la actividad hostelera en el exterior dada la reducción importante del consumo en interiores por la COVID-19.

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Para la concesión de las licencias los establecimientos deberán además cumplir una serie de requisitos:

  1. Aquellos que vayan a instalar veladores en plazas de aparcamientos deberán habilitar una plataforma enrasada a la cota del acerado así como delimitar y señalizar el espacio que se ocupa.
  2. No podrán poner elementos de sombra ni instalarse en espacios que afecten al carril bici, la movilidad peatonal, la circulación de vehículos u otros elementos de mobiliario urbano.
  3. Tampoco podrán ubicarse en zona de estacionamiento regulado en superficie o de carga y descarga y en determinados casos habrá que solicitar informe a Movilidad como es el caso de los aparcamientos de motos.
  4. Con estas condiciones se podrá ocupar una plaza de aparcamiento en paralelo al acerado frente a fachada, al otro lado de la calzada, o frente a la fachada del edificio colindante si éste da la correspondiente autorización.

Para acceder a esta medida extraordinaria se deberá solicitar una licencia de veladores y, por tanto, estará sujeto a control previo de los servicios técnicos municipales

Durante este tiempo, se han autorizado ya el uso de plazas de estacionamiento de forma temporal al cumplir todos los requisitos a un total de 11 establecimientos distribuidos por distintos puntos de la ciudad. Hay además una serie de expedientes aún en trámite y pendientes de la entrega de diferente documentación que si cumplen los requisitos serán autorizados próximamente.

Los negocios están en:

  • Avenida Astronomía
  • Fernando IV
  • Macarena
  • Espinosa y Cárcel
  • Esperanza de Triana (3)
  • Calle Feria
  • Calle Victoria
  • Calle Periodista Ramón Resa

Aunque ya disponen de autorización, no todos han completado aún la instalación y están en proceso de realización de los trabajos previos.

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“El objetivo de estas medidas es dar respuesta a un sector muy afectado por la crisis sanitaria como es la hostelería que requiere de más espacio al aire libre donde se pueden cumplir mejor las normas de prevención y seguridad. Son medidas excepcionales que ha adoptado este ayuntamiento dentro de un amplio programa de reactivación de los sectores más afectados por la crisis sanitaria”, explica el delegado de Hábitat Urbano, Turismo y Cultura, Antonio Muñoz.