El gobierno impulsa una modificación del PGOU para eliminar la excepción que otorga un incentivo a través de más edificabilidad en algunas zonas de la ciudad para equipamientos privados que se desarrollen como uso compatible
El gobierno elevará al Consejo de la Gerencia de Urbanismo la formulación de una modificación del Plan General de Ordenación Urbanística una vez realizados los correspondientes informes jurídicos que tiene como objetivo eliminar la determinación que otorga unas condiciones ventajosas en edificabilidad a determinadas parcelas localizadas en áreas de baja densidad edificatoria cuando el solar se destine a equipamientos de carácter privado, como residencias universitarias, clínicas sanitarias privadas, etc.
Se trata así de limitar las ventajas edificatorias específicas que incluyó en su momento el PGOU para incentivar el desarrollo de este tipo de equipamientos privados en parcelas cuya calificación original es la residencial o la de servicios terciarios. En estos momentos, tras un análisis de la evolución de determinados desarrollos urbanísticos y del tipo de equipamientos que se están promoviendo, se considera conveniente revisar este incentivo en forma de edificabilidad incluido deforma genérica en el planeamiento urbanístico. El acuerdo que se tramita contempla un proceso de participación e implicará de forma inmediata la suspensión de todas las licencias afectadas por esta normativa urbanística como medida legal cautelar asociada a la formulación del PGOU.
El PGOU estableció hace casi 20 años una medida para incentivar el desarrollo y construcción, como uso compatible, de equipamientos privados como instalaciones deportivas, centros de mayores, centros culturales, centros universitarios o docentes, centros de investigación o clínicas como complemento a la oferta de equipamientos públicos.
Esa determinación otorgaba en determinados casos, especialmente notorio en zonas de baja densidad edificatoria, un incremento de la edificabilidad para el desarrollo del uso compatible de equipamiento privado, sobre la que teóricamente otorga el PGOU para el uso residencial y o terciario. En definitiva, esta medida, que el PGOU de 2006 previó de forma general para toda la ciudad, otorgaba ventajas competitivas en cuanto a edificación, posición y forma para el desarrollo compatible de estos equipamientos privados frente al desarrollo de los usos residenciales o terciarios previstos originalmente en el PGOU.
Este “plus” de edificabilidad para el desarrollo de usos compatibles de equipamiento privado, ha provocado que en los últimos años se haya registrado un importante volumen de este tipo de proyectos de iniciativa privada, en toda la ciudad, pero especialmente en zonas "premium" de tradicional baja densidad edificatoria. Y dentro de este conjunto de equipamientos privados, el caso más paradigmático ha sido el de las residencias de estudiantes ya que han coincidido además dos circunstancias, una alta demanda del mercado en la ciudad de Sevilla para estos equipamientos y por otra parte, la proximidad de centros universitarios a estas zonas de baja densidad como Reina Mercedes – Palmera.
Para ello, la modificación del PGOU que se plantea, eliminará este incentivo de edificabilidad para el desarrollo de equipamientos privados como uso compatible, de forma que los promotores, que quieran desarrollar en estas parcelas el uso compatible de equipamiento privado para residencia de estudiantes, o para clínica privada por ejemplo, deberán ajustarse a las mismas condiciones de edificabilidad, posición y forma que si desarrollaran los usos residenciales o terciarios, respetando por tanto en su caso las condiciones de baja densidad edificatoria para estos ambientes urbanos singulares, como el entorno de la Avenida de la Palmera o la zona residencial en vivienda unifamiliar aislada de Nervión.
Esta modificación, en la que se lleva trabajando varias semanas, cuenta ya con el visto bueno de los servicios jurídicos y se tramitará en el próximo Consejo de la Gerencia. En esta sesión se acordará una suspensión cautelar de las nuevas licencias de equipamientos privados que se amparen en la citada determinación del PGOU y al mismo tiempo se abrirá el correspondiente proceso de participación preceptivo.