Adquisición de viviendas para ampliar el parque público y posterior alquiler a sectores de población con dificultades para acceder al mercado inmobiliario
El objeto de este contrato es la adquisición de viviendas en el término municipal de Sevilla para incrementar el Parque Público de Viviendas del Ayuntamiento de Sevilla, mediante la convocatoria de un procedimiento de licitación, que le permita adquirir viviendas vacías para destinarla a programas públicos de alquiler. El Ayuntamiento de Sevilla formalizará el contrato de compraventa en escritura pública con cada uno de aquellos licitadores cuya proposición haya resultado adjudicataria. Las proposiciones que se presenten deben referirse a una única vivienda. Cuando el ofertante quiera participar con más de una vivienda, que sean de su propiedad, estas tendrán que ofrecerse en ofertas diferenciadas.
- Consulta aquí el anuncio de licitación
- Pliego de prescripciones técnicas
- Pliego de cláusulas administrativas
Las proposiciones deben cumplir las siguientes características:
- El/los titular/es de la/s vivienda/s ha/n de ostentar el pleno dominio de las mismas, sin que pueda existir ningún derecho, inscrito o no, limitativo de la propiedad sobre la vivienda. Sí se admitirán ofertas conjuntas de nudos propietarios con usufructuarios que conformen la plena propiedad, en cuyo caso se habrá de indicar en la oferta económica la participación en el precio final de venta.
- Las viviendas deben estar ubicadas en el término municipal de Sevilla e inscritas en el Registro de la Propiedad a nombre del licitador o licitadores y con las condiciones expresadas.
- No ha de existir limitación para la transmisión de la propiedad de la vivienda de conformidad con la normativa vigente, incluida la normativa de vivienda protegida.
- Las viviendas se adquirirán libres de cargas y gravámenes y en condiciones jurídicas que permitan su inmediata escrituración e inscripción en el Registro de la Propiedad. En el caso de conste alguna carga o gravamen en el Registro de la Propiedad, ésta debe levantarse previa o simultáneamente a la formalización de la compraventa en escritura pública.
- Las viviendas deberán estar al corriente de pago de los gastos de comunidad, agua, gas y electricidad, así como de cualquier otro tipo de gastos, impuestos y tasas correspondientes.
- Las viviendas deberán estar al corriente del IBI municipal, así como de cualquier otro tipo de impuesto o tributo.
- Las viviendas han de encontrarse vacías, no arrendadas, ni ocupadas. Según informe de Arquitecto Municipal que obra en el expte. 2018-002 del Servicio de Patrimonio del Ayuntamiento de Sevilla, las características que han de cumplir las viviendas son las siguientes:
- Pueden ser, tanto viviendas unifamiliares situadas a pie de calle como apartamentos o pisos de uno, dos, tres, cuatro o más dormitorios, situados en edificios plurifamiliares.
- En caso de ausencia de ascensor, en ésta última tipología, solo podrán situarse en plantas baja y primera, y en cualquier planta en caso de existencia de éste.
- Dado que la demanda de viviendas de dos o tres dormitorios es muy superior al resto, se puntuará este tipo de viviendas conforme se indica en el Anexo I del Pliego de Condiciones que rige este contrato.
- La vivienda dispondrá como mínimo de cocina, estancia-comedor, cuarto de aseo completo, dormitorio principal o dos dormitorios sencillos, de dimensiones mínimas ajustadas a la normativa Andaluza de Viviendas de Protección Oficial o norma que la sustituya. También podrán ofertarse apartamentos compuestos por una estancia-comedor-cocina, que también podrá ser dormitorio; y un cuarto de aseo completo.
- La superficie mínima del apartamento no podrá ser inferior a 40 m2 útiles, dentro de los cuales no se incluirán terrazas, balcones, miradores, tendederos, ni espacios con altura libre inferior a 220 cm.
- Así pues, la superficie mínima de las viviendas ofertadas ha de ser de 40 m2 útiles exclusivos de ésta sin contar con ningún tipo de anexo, trastero, garaje, lavadero, terraza, patio, jardín, etc.
- En caso de aportarse viviendas que tengan asociado/s alguno/s de estos u otros anexos, estos no computarán como superficie útil ni construida y se contemplarán como incluidos en el precio de la vivienda en sí.
- En caso de que se dé alguna de estas circunstancias, serán tenidas en cuenta en el baremo de puntos que se explica en el Anexo I del Pliego de Condiciones que rigen este contrato.
- En caso de que en la nota simple aportada por el licitador no se deduzca claramente, en el caso de que existan anexos, si forman parte o no de la superficie total de la vivienda, los técnicos municipales verificarán, en caso de duda, las superficies tanto de la vivienda como de los anexos, para sólo tener en cuenta la de la vivienda.
- El edificio en que, en su caso, se ubiquen las viviendas deberá estar constituido en régimen de propiedad horizontal.
- Asimismo, deberá contar con el informe favorable de la Inspección Técnica de Edificios de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla o certificado final de las obras necesarias para su emisión, en caso de ser obligatorio. Las viviendas han de contar con certificado de eficiencia energética.
- Deberán tener legalizados los suministros de agua y electricidad, debiendo tener instalación eléctrica conforme a la normativa vigente, los contadores de suministros deben cumplir con los requisitos establecidos por las compañías suministradoras y el calentador de agua debe estar debidamente instalado y haber pasado las revisiones pertinentes.
- En caso de que la vivienda contara con Energía Solar Térmica, se puntuará ésta característica según el Anexo I del Pliego de Condiciones que rige este contrato.
- Las viviendas deben encontrarse en condiciones de habitabilidad inmediata, a ser posible sin que sea necesaria obra alguna, se aceptaría, como mucho, que las obras necesarias tuvieran un importe igual o inferior, incluidos impuestos, a:
- En apartamentos o viviendas de un dormitorio………5.000,00 €
- En viviendas de dos dormitorios………………............7.500,00 €
- En viviendas de tres dormitorios……………………...10.000,00 €
- En viviendas de cuatro o más dormitorios…………...15.000,00 €
- Deberán reunir las condiciones generales de seguridad estructural señaladas en el PGOU y en las ordenanzas municipales correspondientes y en ningún caso pueden estar fuera de ordenación. En todo caso deben reunir las siguientes características:
- La cocina y el baño deberán estar dotados como mínimo con el equipamiento básico para su uso como tales. El baño deberá contar con inodoro, lavabo y bañera o placa de ducha, estando habilitado para producción de agua caliente. La cocina con fregadero y tomas, desagües y enchufes para el resto de los aparatos y electrodomésticos.
- Todas las piezas habitables han de ventilar a espacios abiertos, patios vivideros o de luces, según sean viviendas o apartamentos exteriores o interiores y en las condiciones exigidas en las normas urbanísticas del PGOU de Sevilla.
- Las viviendas podrán ser de nueva construcción o de segunda mano.
- Si algún licitador presenta proposiciones para más de una vivienda y éstas ocupan un edificio completo, cada una de ellas (aquellas que ocupan un edificio completo) será valorada conforme al baremo establecido en el Anexo I del Pliego de Condiciones que rige el contrato. Cuando el ofertante quiera participar con más de una vivienda que sea de su propiedad, éstas tendrán que ofrecerse por separado, cada proposición que se presente deberá referirse a una única vivienda.
Precio máximo a ofertar por vivienda:
- 110.000,00 €/Vda o 1.000,00 €/m2 construido, incluyendo impuestos.
*La vivienda será tasada por los técnicos municipales.
PLAZOS
- FASE PREVIA: PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN Y DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA (SOBRE 1) Y DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CRITERIOS DE VALORACIÓN SUJETOS A JUICIO DE VALOR (SOBRE 2)
Se abrirá un plazo de 20 días hábiles para presentar ambos sobres, a contar desde el siguiente a la publicación de su anuncio en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Sevilla.
Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, sito en Plaza de San Sebastián nº 1 de Sevilla (Prado de San Sebastián). Los sobres estarán cerrados y señalados con los números 1 o 2, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurren (denominación del contrato y el número de expediente) y firmados por el solicitante o la persona que lo represente e indicación de su nombre y apellidos o razón social. En el exterior de cada sobre también deberán constar sus datos a efectos de comunicaciones (domicilio, teléfono, y correo electrónico).
Los participantes presentarán los sobres adoptando las medidas precisas para que quede preservado el secreto de su contenido. La inclusión de documentación en sobres distintos a los que, conforme al presente Pliego, corresponda, conllevará el rechazo de la oferta presentada por el licitador. La presentación de las solicitudes supone la aceptación íntegra e incondicional por el solicitante de la totalidad de las cláusulas de este Pliego, sin salvedad o reserva alguna. Terminado el plazo de recepción de solicitudes, el Registro General del Ayuntamiento de Sevilla expedirá certificación relacionada de las solicitudes recibidas o de la ausencia de las mismas, en su caso. Sólo se admitirán solicitudes firmadas por todos los titulares de derechos que conformen la plena propiedad de la vivienda ofertada o del representante legal de dichos titulares.
Conforme al artículo 80.4 RLCAP, cuando las solicitudes se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos anunciando la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, mediante fax, telegrama o mediante correo electrónico remitido a la dirección: registrocontratacion@sevilla.org.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta en ningún caso será admitida.
- FASE DE PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA (SOBRE 3): CRITERIO VALORABLE DE FORMA AUTOMÁTICA
A los solicitantes admitidos, conforme a lo establecido en la cláusula 9 de este Pliego se les indicará el importe por el que el Técnico Municipal ha tasado su inmueble, y se les invitará a que presenten oferta económica, que no podrá ser superior a dicho importe de tasación, ni al importe establecido con carácter general de 110.000 € (sin que se superen, igualmente el importe de €/1.000 €/ metros cuadrados), IVA, en su caso incluido.
Para ello presentarán en el plazo de 10 días hábiles, oferta económica según modelo Anexo X, que les será facilitado por este Servicio de Patrimonio, y que incluirán en sobre cerrado, denominado sobre nº 3, que será presentado en el Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, sito en Plaza de San Sebastián nº 1 (Prado de San Sebastián). El sobre estará cerrado y señalado con el número 3, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurren (denominación del contrato y el número de expediente) y firmados por el solicitante o la persona que lo represente e indicación de su nombre y apellidos o razón social. En el exterior del sobre también deberán constar sus datos a efectos de comunicaciones (domicilio, teléfono, y correo electrónico). El licitador presentará su sobre adoptando las medidas precisas para que quede preservado el secreto de su contenido.
No se aceptarán las proposiciones que contengan errores, omisiones, enmiendas o tachaduras. En caso de discrepancia entre la oferta económica expresada en números y la expresada en letras, prevalecerá la indicada en letra. La proposición económica deberá ir firmada por aquel que tenga facultades para realizarla (ofertante/es, si es persona física, o representante del ofertante, cuando se trate de persona jurídica).