Convocatoria del programa 'Tiempo Joven'

(28/5/2018) Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla, en sesión celebrada el día 18 de mayo de 2018 por la que se aprueba la Convocatoria del Programa Tiempo Joven 2018 del Servicio de Juventud.

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Convocatoria Pública del Programa Tiempo Joven 2018

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 120 Sábado 26 de mayo de 2018

1. Beneficiarios

Podrán concurrir a la concesión de estas ayudas los/las jóvenes que reúnan los siguientes requisitos:

—Estar empadronados/as en Sevilla capital con un mínimo de 1 año anterior a la fecha de la publicación de esta convocatoria.

—Tener entre 16 años y 26 años cumplidos a fecha de entrega de la solicitud de la Convocatoria.

—No haber tenido ni tener condición de becario del Ministerio con competencia en materia de universidades, durante algún curso de grado que estuviera estudiando en una Universidad Pública de Andalucía.

2. Objeto

La presente convocatoria tiene como finalidad, regular la concesión en régimen de concurrencia competitiva (publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación) de 220 becas para la realización de sesiones formativas en lengua inglesa para alcanzar los niveles correspondientes al B1 del Marco Común europeo de referencia para las lenguas (MCER).

3. Bases reguladoras

Las ayudas que se conceden a través de este programa responden a la naturaleza de las ayudas en especie a las que se refiere la Disposición Adicional Quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 (LGS), en su art. 3 establece que las «ayudas en especie quedarán sujetas a dicha Ley y al presente Reglamento, con las peculiaridades que conlleva la especial naturaleza de su objeto». El apartado 2 del citado artículo determina que el procedimiento de gestión presupuestaria previsto en el art. 34 de la LGS no será de aplicación a la tramitación de estas ayudas, sin perjuicio de que los requisitos exigidos para efectuar el pago de las subvenciones (Capítulo V del Título I de la Ley) deberán entenderse referidos a la entrega del servicio objeto de la ayuda.

Indicando, además, textualmente que «en el supuesto de que la adquisición del servicio tenga lugar con posterioridad a la convocatoria de la ayuda será de aplicación lo dispuesto en el art. 34.1 de la LGS respecto a la necesidad de aprobación del gasto con carácter previo a la convocatoria».

4. Cuantía

La cuantía total del gasto de la presente convocatoria asciende a la cantidad de 48.000 €, cuyo crédito se haya consignado en el Presupuesto Municipal vigente del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.

Las becas para el programa Tiempo Joven 2018 por parte de la Delegación de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria consistirá en hacerse cargo del pago del 95%, o del 85% del importe total de las sesiones formativas, incluyendo 60 horas lectivas.

Las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria serán incompatibles con cualquier otra ayuda procedente de cualquier Administración o Ente Público para la misma actividad.

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia.