Convocatoria pública para la concesión de subvenciones a pymes comercIales para la mejora de la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas 2018

Incentivar la inversión de 300 pymes comerciales en acciones orientadas a la mejora de la accesibilidad universal y eliminación de barreras arquitectónicas en sus establecimientos, contribuyendo a su modernización y a la captación de nuevos clientes.

Beneficiarios/as

Empresas comerciales con menos de 50 trabajadores legalmente constituidas y con establecimiento permanente en el municipio de Sevilla. Requisitos:

  • Actividad desarrollada en dicho establecimiento tiene que estar incluida en alguno de los epígrafes que se especifiquen en la convocatoria:
    • Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes. Excepto el epígrafe 647.5.
    • Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes. Excepto el epígrafe 655
    • Grupo 971: Lavanderías, tintorerías y servicios similares. Se incluyen todos los epígrafes.
    • Grupo 972: Salones de peluquería e institutos de belleza. Se incluyen todos los epígrafes.
    • Grupo 973: Servicios fotográficos y Servicios de fotocopias. Excepto el epígrafe 973.2.
    • Grupo 975: Servicios de enmarcación.
  • Inscripción o haber solicitado la inscripción en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía a la fecha de presentación de la solicitud. (Salvo aquellos que estén excluidos según normativa vigente)

Conceptos subvencionables

  1. Obras de reforma para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten el acceso de las personas con movilidad reducida. Sólo se tendrán en cuenta las cantidades que figuren en la licencia de obras e instalaciones correspondientes.
  2. Realización de Adaptaciones Mínimas tales como rampas desmontables o instalaciones electromecánicas para salvar desniveles que reúnan las condiciones establecidas en el art. 75 del Reglamento, así como construcciones temporales o efímeras u otros elementos análogos.
  3. Facilitadores de movilidad en el interior del establecimiento: pasamanos, rampas y tapices rodantes
  4. Sillas de evacuación para casos de emergencia
  5. Instalación de puertas automáticas
  6. Mostrador accesible a personas con sillas de rueda
  7. Instalación fija de bucle de inducción magnética
  8. Adquisición de recursos funcionales y tecnológicos apropiados para mejora de la comunicación y el aprovechamiento de las posibilidades de audición como:
    1. Aros o bucles magnéticos,
    2. aplicaciones informáticas: para para la visualización del habla, visualizadores fonéticos y visualizadores de voz
  9. Soportes audiovisuales adaptados
  10. Directorio accesible con indicaciones escritas en arábigo y braille.
  11. Pavimento táctil direccional
  12. nstalación de Señalética adaptada a invidentes
  13. Dispositivo_ catálogos para invidentes, donde se recoja la información sobre todos los productos del establecimiento

Todas las soluciones subvencionadas se ajustarán a la correspondiente normativa, internacional, nacional o andaluza en su caso. Periodo de ejecución 6 meses desde la publicación de la resolución definitiva.

Presupuesto

300.000 euros.

Cuantía máxima por beneficiario

1.000 €

Forma de pago

Pago a la justificación de la inversión previa presentación de las facturas.

Criterios de valoración

a) Creación o mantenimiento de puestos de trabajo en el último año. (Max. 25 puntos).

b) Pertenencia a asociaciones de comerciantes. ( 5 puntos)

c) Implantación de acciones para la integración de personas con diversidad funcional. (5 puntos)

d) Adhesión al sistema arbitral de consumo. (5 puntos) e) % de cofinanciación asumido por la empresa, cuando el presupuesto de las actuaciones sea superior a 1000 euros: (Max. 10 puntos).

a. Si el beneficiario cofinancia hasta 50 % del coste de la inversión, 5 puntos.

b. Si el beneficiario cofinancia más de 50 % coste de la inversión 10 puntos.

Asignación del presupuesto

Según puntación obtenida hasta agotar disponibilidad presupuestaria.

Plazo de solicitud

Del 14 de Julio al 2 de Agosto de 2018.

Datos de contacto Oficina de Comercio Ayuntamiento de Sevilla:

sectorcomercio@sevilla.org

955470722

SOLICITUD

BOP 13 DE JULIO 2018