Autorización tipo A: Acceso Residentes Empadronados
TIPOS DE PASES DE ACCESO:
Existen, conforme a la Ordenanza de circulación de Sevilla, dos tipos de acreditaciones de acceso a zonas de tráfico restringido cuya expedición corresponde a los Distritos. Así, los artículos 12 y 15 establecen que las autorizaciones de acceso a zonas restringidas al tráfico y a zonas peatonales de las clases A y B serán expedidas por el Distrito Municipal en que se encuentren ubicadas dichas zonas, e irán vinculadas a una matrícula concreta.
AUTORIZACIONES TIPO A: RESIDENTES
El artículo 12 de la Ordenanza de Circulación establece que “Las autorizaciones de acceso a Zonas de Tráfico Restringido del Tipo A serán expedidas por el Distrito Municipal en que se encuentren ubicadas dichas zonas, e irán vinculadas a una matrícula concreta”.
Las acreditaciones de tipo A serán remitidas por correo ordinario a los domicilios de los/as titulares de aquellos vehículos que cumplen los siguientes requisitos: “Propietarios/as o conductores/as habituales de vehículos incluidos y al día en la matrícula del Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Sevilla y empadronados/as en la zona de acceso restringido”.
No obstante, las solicitudes de autorizaciones de tipo A de aquellos vecinos que, cumpliendo los requisitos, por cualquier causa no la recibieran de oficio por correo, se podrán solicitar en el Distrito (NO ANTES DEL DÍA 11 DE ABRIL). Para ello deberá presentar la siguiente documentación:
- Solicitud de acreditación de acceso para residentes empadronados.
- Permiso de circulación del vehículo.
- Último recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Sevilla.
- Póliza de seguro, solo en el caso de que el/la solicitante sea conductor/a habitual en lugar del titular del vehículo.