Autorización tipo A: Acceso Residentes Empadronados
TIPOS DE PASES DE ACCESO:
Existen, conforme a la Ordenanza de circulación de Sevilla, dos tipos de acreditaciones de acceso a zonas de tráfico restringido cuya expedición corresponde a los Distritos. Así, los artículos 12 y 15 establecen que las autorizaciones de acceso a zonas restringidas al tráfico y a zonas peatonales de las clases A y B serán expedidas por el Distrito Municipal en que se encuentren ubicadas dichas zonas, e irán vinculadas a una matrícula concreta.
AUTORIZACIONES TIPO A: RESIDENTES
El artículo 12 de la Ordenanza de Circulación establece que “Las autorizaciones de acceso a Zonas de Tráfico Restringido del Tipo A serán expedidas por el Distrito Municipal en que se encuentren ubicadas dichas zonas, e irán vinculadas a una matrícula concreta”.
Las acreditaciones de tipo A serán remitidas por correo ordinario a los domicilios de los/as titulares de aquellos vehículos que cumplen los siguientes requisitos: “Propietarios/as o conductores/as habituales de vehículos incluidos y al día en la matrícula del Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Sevilla y empadronados/as en la zona de acceso restringido”.
No obstante, las solicitudes de autorizaciones de tipo A de aquellos vecinos que, cumpliendo los requisitos, por cualquier causa no la recibieran de oficio por correo, se podrán solicitar en el Distrito (NO ANTES DEL DÍA 3 DE ABRIL). Para ello deberá presentar la siguiente documentación:
- Solicitud de acreditación de acceso para residentes empadronados.
- Permiso de circulación del vehículo.
- Último recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Sevilla.
- Póliza de seguro, solo en el caso de que el/la solicitante sea conductor/a habitual en lugar del titular del vehículo.