Plan de Pago Personalizado de la Agencia Tributaria
Pago a la carta de los tributos y tasas por parte de hogares, autónomos y empresas
Nuevo sistema de Pago Personalizado y a la carta de los impuestos y tasas municipales diseñado para facilitar la planificación y flexibilizar los plazos para hogares, autónomos y empresas. Permite sumar todos los impuestos y tasas y establecer un calendario de abonos en distintas cuotas mensuales sin coste adicional.
Los requisitos son:
- Se podrá solicitar el pago dividiendo el importe total correspondiente al ejercicio en cuotas periódicas de tipo mensual, bimestral, trimestral, cuatrimestral o semestral.
- La solicitud podrá formalizarse en cualquier momento del año especificando la periodificación por la que se opta.
- El impuesto o tasa debe estar en periodo voluntario de cobro y su importe tributario no haya sido previamente aplazado o fraccionado.
- El contribuyente debe encontrarse al corriente de sus deudas tributarias.
- La concesión se realiza de forma automatizada, previa verificación por el sistema informático del cumplimiento de las condiciones y requisitos.
- El importe mínimo de la cuota a abonar ha de ser igual o superior a 16 euros y vía domiciliación bancaria del recibo en cuestión.
- Las cuotas se envían a las entidades financieras el día 5 de cada mes, a través de remesas de domiciliación (mensuales, con 12 plazos; bimestrales, con seis plazos en febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre; trimestrales, con cuatro 4 plazos en marzo, junio, septiembre y diciembre; cuatrimestrales, con 3 plazos en abril, agosto y diciembre, y semestrales, con dos plazos en junio y diciembre.
- Si las circunstancias económicas del contribuyente cambian o si así lo desea, puede en cualquier momento cancelar o cambiar su opción de pago a la carta.
- La solicitud se puede tramitar de forma presencial, a través del sistema de “cita previa” de la Agencia Tributaria de Sevilla o en la oficina virtual.
Los recibos susceptibles de entrar en este nuevo sistema son:
- IBI naturaleza urbana
- Tasa por utilización de espacios en el CREA
- IBI de naturaleza rústica
- Grúas
- IBI de características especiales
- Ocupación de subsuelo, suelo y vuelo
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
- Ocupaciones temporales diversas
- Impuesto sobre Actividades Económicas
- Portadas, escaparates y vitrinas
- Tasa de recogida de basuras
- Puestos de agua-masa frita
- Tasa de entrada de vehículos y reserva de la V.P.
- Quioscos y cristaleras
- Tasa de reserva de espacio para carga y descarga
- Vallas, andamios y cajones de obra
- Tasa reserva espacio destinada a parada de auto-taxis
- Mesas y sillas
- Tasa cocheras municipales de coche de caballos
- Artefactos industrias
- Tasa de mercados
- Aprovechamiento permanente
- Tasa de venta ambulante en mercadillos