Junta Arbitral de Consumo

La Junta Arbitral de Consumo de Sevilla se constituyó a finales de 1.995 mediante Convenio en el que participaron el Instituto Nacional de Consumo, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla.

Con posterioridad, el 22 de Julio de 1.996 tuvo lugar la ratificación formal del Acuerdo de adhesión al Sistema Arbitral del Ayuntamiento de Sevilla, de la Unión de Consumidores de España-Sevilla, de la Asociación Provincial de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios Híspalis y de la Confederación Empresarial Sevillana.

Teléfonos: 955 47 01 83 – 955 47 01 84
Fax: 955 47 01 91
Correo electrónico: consumo@sevilla.org

Está compuesta por:

  • Presidenta
    • Dª Luisa Fernanda Jurado Cubero
  • Secretaria
    • Dª. Ana Mª. Muñoz Bonilla
  • Presidentes de Colegio Arbitral
    • D. José Luis Pizarro Rodríguez
    • Dª. Carmen L. Otero Terrón
  • Secretarias de Colegio Arbitral
    • Dª María Luisa García Olmedo
    • Dª. Rocío Romero Reyero

El objetivo de la Junta es la puesta en práctica del Sistema Arbitral como vía más inmediata y rápida que la judicial para solventar ciertos conflictos que puedan surgir entre consumidores y usuarios con los empresarios sin que en ningún momento suponga merma de las garantías y derechos que han de reconocerse a ambas partes.
Efectivamente el funcionamiento de la Junta Arbitral cuenta con un procedimiento especial que se caracteriza por lo siguiente:

  • VOLUNTARIEDAD: Sólo en el supuesto de que ambas partes, reclamante y reclamado, manifestasen su voluntad expresa de acogerse al Sistema Arbitral como vía de solución al conflicto planteado, se pone en marcha el procedimiento.
  • IMPARCIALIDAD: La Junta Arbitral la componen tres miembros: un Presidente, Técnico de la Administración Local, y dos Vocales representantes de una Asociación de Empresarios y de Consumidores respectivamente.
  • SENCILLEZ: Los trámites no son complejos. Una vez admitida la reclamación y contestada por el reclamado, las partes se limitan a comparecer ante la Junta Arbitral el día fijado para la vista.
  • GRATUIDAD: El acceso al Sistema Arbitral es gratuito para ambas partes.

     

La adhesión de una empresa al Sistema Arbitral de Consumo supondrá para ella el ostentar en sus establecimientos o en sus productos el símbolo que implicará su compromiso de resolver los problemas que pudieran surgir con sus clientes, de acuerdo con las resoluciones de la Junta Arbitral, cuyo procedimiento es gratuito para ambas partes, ofreciendo así al consumidor el signo más evidente de garantía y buen servicio.