Ayudas a las personas jóvenes emigrantes sevillanas que han retornado 2026
Entrega de solicitudes hasta el 24 de septiembre de 2026
Objeto
La presente Convocatoria tiene por objeto regular las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Delegación de Educación, Juventud y Edificios Municipales, Deporte y promoción de la Salud, a través del Servicio de Juventud dirigidas a personas jóvenes emigrantes sevillanas que han retornado al municipio de Sevilla que reúnan los requisitos establecidos en la base quinta de la Convocatoria para sufragar los gastos de alquiler de vivienda o habitación. La ayuda concedida no podrá superar la cuantía máxima de 2.400€ de alquiler, cuyo pago deberá haber sido realizado entre el 27 de noviembre de 2025 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes a la Convocatoria. La solicitud de ayuda así como su concesión se corresponderán a mensualidades completas.
Requisitos: Todos requisitos de los/as solicitantes, de los contratos de alquiler, documentación, procesos de valoración y demás especificaciones se pueden consultar en Bases de la convocactoria.
Cuantía
La ayuda concedida no podrá superar la cuantía máxima de 2400 euros, cuyo pago deberá haber sido realizado entre el 27 de noviembre de 2025 y hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria. La solicitud de ayuda así como su concesión se corresponderán a mensualidades completas.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será 20 día naturales desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (B.O.P.).
¿Cómo realizar el trámite?
En función del tipo de procedimiento, el mismo podrá iniciarse mediante la presentación de la documentación requerida de la siguiente forma:
1.- Presencial:
Tratándose de una persona no obligada a relacionarse electrónicamente conforme indica el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, acudiendo a cualquiera de las oficinas municipales de asistencia en materia de registro, que pueden consultarse en el enlace que se indica a continuación, informándoles a su vez que en cada uno de ellos se indicará los horarios de apertura al público, así como la necesidad o no de solicitar cita previa para su presentación.
2.- Sede electrónica:
Si está en posesión de un certificado electrónico de usuario así como otros medios de identificación y firma que se especificarán en cada caso y cumple con los requisitos técnicos de la sede electrónica podrá iniciar el trámite a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla cumplimentando la solicitud general que se indica en el siguiente enlace:
- Sede electrónica (Apartado: Ayudas, Subvenciones, Becas y Premios/Juventud. Ayudas a las personas jóvenes emigrantes sevillanas que han retornado 2026)