Sistema Interno de Información

El Ayuntamiento de Sevilla y sus organismos autónomos, en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, implanta el Sistema Interno de Información para que cuando una persona, en un contexto laboral o profesional detecte acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del derecho de la Unión Europea o bien que sean constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, conforme a la citada Ley, pueda presentar una denuncia.


Principios esenciales

¿Qué puedo denunciar?

  1. Cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, en los términos establecidos en el artículo 2.1.a) de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. 
  2. Acciones u omisiones que puedan ser constitutiva de infracción penal o administrativa grave o muy grave. Se entienden comprendidas todas aquellas que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

¿Quién puede denunciar?

  1. Pueden informar exclusivamente las personas que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional, entre otras:
    1. Personas que tengan la condición de empleados públicos o trabajadores por cuenta ajena.
    2. Los autónomos.
    3. Los accionistas, partícipes y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa, incluidos los miembros no ejecutivos.
    4. Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.
  2. También a aquellos que hayan obtenido información en el marco de una relación laboral o estatutaria ya finalizada, voluntarios, becarios, trabajadores en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración, así como aquellos cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.

¿Cómo y dónde puedo realizar una denuncia?

Canales internos de información:

  • Las denuncias ante el Ayuntamiento de Sevilla, el Patronato del Real Alcázar de Sevilla y el Instituto de la Cultura y las Artes de Sevilla, a través de este enlace.
  • Las denuncias ante la Agencia Tributaria de Sevilla, a través de este enlace.
  • Las denuncias ante el Instituto Municipal de Deportes, a través de este enlace.
  • Las denuncias ante la Gerencia Municipal de Urbanismo, a través de este enlace.

Todas las denuncias podrán ser anónimas o con identificación del denunciante.

 

Canales externos de denuncia

Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción

Mediante resolución de 20 de marzo de 2023 de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (enlazar al BOJA), por la que se crea y se ordena la puesta en funcionamiento del canal externo de información (Canal de Denuncias).

 

Autoridad Independiente de Protección del Denunciante

La AIPI se configura como “canal externo” a los efectos de la Ley 2/2023.  Constituye así una vía alternativa a los canales internos de los organismos o entidades, a la que también pueden acudir las personas que hayan tenido conocimiento de las irregularidades previstas en el artículo 2 de la Ley 2/2023 en el contexto de su relación laboral, para informar de las mismas

La dirección electrónica de este canal externo de denuncias es: https://www.proteccioninformante.gob.es/sistema-de-informacion-canal-externo